El régimen de visitas y el derecho a conocer a los progenitores y mantener relaciones con ellos
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Date
2016-02
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Abstract
This research aims at setting a minimum hours for visitation as well as the
determination of penalties to the parent who has custody of the children and
adolescents and prevent compliance with the visitation established by decision thus
allowing the rights of children and adolescents, especially the right to know the
parents and keep affective, personal, permanent and regular relations with them are
respected.
From the legal aspect visitation is an inalienable right, which is granted by the parent
able to stay with the child who lives separately a timely manner, in an atmosphere of
privacy, to maintain a regular relationship and direct promoting proper
communication between father and son.
In the Ecuadorian legislation are few data found about visitation, this issue has been
treated with little importance, so much so that in 2013 a draft amendment to the
Organic Code of Childhood and Adolescence was presented, which included issues
visitation, specifically one of the purposes was to incorporate the guidance for the
judges to guarantee the right of children and adolescents to develop and maintain a
personal, direct and regular relationship with their parents norm, unfortunately only
he stayed not planned and carried out the enactment of such a law.
Although the Ecuadorian State has rules governing visitation, society requires that
these are updated. This means that you need to be incorporated in the Code of
Childhood and Adolescence base hours for visitation, as well as the appropriate
penalties for the parent who has tenure and fails to comply with the dictation system.
It is also necessary that society, the judges and Ecuadorian families aware of the
rights possessed by children and adolescents so that they are protected, thus fulfilling
their best interests and full development.
Description
La presente investigación persigue la fijación de un mínimo de horas para el régimen
de visitas, así como también la determinación de sanciones al progenitor que posee la
tenencia o el ejercicio de la patria potestad de los niños, niñas y adolescentes e
impida que se cumpla con el régimen de visitas establecido mediante sentencia,
permitiendo así que se respeten los derechos de los niños, niñas y adolescentes,
especialmente el derecho a conocer a los progenitores y mantener relaciones
afectivas, personales, permanentes y regulares con los mismos.
Desde el aspecto jurídico el régimen de visitas es un derecho irrenunciable, por el
cual se concede al progenitor la posibilidad de permanecer con el hijo con quien vive
separado, un tiempo prudencial, en un ámbito de privacidad, para mantener una
relación regular y directa fomentando una comunicación adecuada entre padre e hijo.
En la legislación Ecuatoriana son pocos los datos que se encuentran acerca del
régimen de visitas, este tema ha sido tratado con poca importancia, tanto así que en el
año 2013 se presentó un proyecto de Reformas al Código Orgánico de la Niñez y
Adolescencia, donde incluía temas sobre el régimen de visitas, específicamente uno
de los propósitos era incorporar a la norma orientaciones dirigidas a los jueces para
que garanticen el derecho de los niños y adolescentes a desarrollar y mantener una
relación personal, directa y regular con sus progenitores, lamentablemente solo
quedó en proyecto y no se llevó a cabo la promulgación de tal ley.
Pese a que el Estado Ecuatoriano cuenta con normas que regulan el régimen de
visitas, la sociedad requiere que estás se actualicen. Esto significa que es necesario
que se incorpore en el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia una base de
horas para el régimen de visitas, así como también las correspondientes sanciones
para el progenitor que posee la tenencia e incumpla con el régimen dictado.
Además es necesario que la sociedad, los juzgadores y las familias ecuatorianas
tomen conciencia de los derechos que poseen los niños y adolescentes para que estos
sean protegidos, cumpliendo así con su interés superior y desarrollo integral.
Keywords
CÓDIGO DE LA NIÑEZ, DERECHOS, FAMILIA, PROGENITOR