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Título : El procedimiento directo y el derecho a la defensa de los procesados
Autor : Poaquiza Poaquiza, Ángel Patricio
Morales Medina, Dany Mauricio
Palabras clave : PROCEDIMIENTO DIRECTO
DERECHO A LA DEFENSA
PROCEDIMIENTO ESPECIAL
DEBIDO PROCESO
COIP
Fecha de publicación : 2015
Resumen : El Procedimiento Directo deberá sustanciarse de conformidad con las disposiciones que correspondan al Código Orgánico Integral Penal, y con las reglas que este cuerpo legal establece, este procedimiento busca concentrar todas las etapas del proceso en una sola audiencia, procederá en los delitos calificados como flagrantes sancionados con pena máxima privativa de libertad de hasta cinco años y los delitos contra la propiedad cuyo monto no exceda de treinta salarios básicos unificados del trabajador en general, el juzgador señalará día y hora para realizar la audiencia de juicio directo en el plazo máximo de diez días, en la cual dictará sentencia. Para dicha audiencia se podrá realizar el anuncio de prueba hasta tres días antes de que se lleve a efecto, por lo cual el motivo de estudio hace referencia al derecho a la defensa, el mismo que según la Constitución de la República del Ecuador en su Art 76 numeral 7 literal a establecer que todos las personas tenemos derecho a la defensa ante los organismos encargados de administrar justicia, así como reconoce el acceso gratuito a la justicia. La metodología aplicada especialmente la de campo ha ayudado a determinar que se está violando el derecho a la defensa con la aplicación de este principio ya que no se cuenta con el tiempo necesario para poder recabar todos los elementos de cargo y descargo necesarios que demuestren la responsabilidad y materialidad en el cometimiento de los delitos, por tal razón se busca dar una solución a este problema jurídico social que nos afecta a la ciudadanía, mediante la reforma de la ley con el fin de otorgar más tiempo para la evacuación de las pruebas y que la misma sea en base al principio de inmediación ya que este debe ser pedida, ordenada, practicado e incorporada al proceso y como entendido en la materia del derecho penal considero que es un plazo insuficiente para que ejerza este derecho constitución de poder contar con los medios adecuados así como con el tiempo necesario para poder desarrollar una defensa técnica correcta, y que la misma privilegia la aplicación de los principios procesales, de los principios constitucionales y que respete en todo momento la Constitución y los tratados y convenios Internaciones que hacen referencia a los derechos humanos.
URI : http://repositorio.uta.edu.ec/jspui/handle/123456789/13701
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