Jurisprudencia y Ciencias Sociales
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Item El principio constitucional de proporcionalidad y la justicia social(Universida Técnica de Ambato, Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Sociales, Maestria en Derecho Penal, 2020-03) Guamán Supe, Carlos Efrain; Guevara Fuentes, José RubénThe titling work seeks to determine how the scarce application of the Principle of Proportionality in the Integral Criminal Organic Code breaks the Social Justice in Ecuador at the right time in the construction of the crimes and their requirements, since in the COIP, it is possible to announce the excessive shielding given to criminal conduct arised from acts of corruption; as a result of which, some unnecessary and suitable requirements have been required, which keeps an entire contradiction with the proportionality parameters contemplated in the Constitution and in the Organic Law of Jurisdictional Guarantees and Constitutional Control. Focusing theresearch on comparing the established penalties and requirements for crimes of relevant social commotion; such as peculation and illicit enrichment, in the face of common or ordinary crimes, that despite generating a social impact, is not as pernicious as the behaviors derived from corruption. The theme has been based on the compilation of doctrines and a revision of the jurisprudence, in the participation of the principle of proportionality contributing as a means to make prevail the Social Justice, in the criminal area practiced and waterlogged by the classic positivism.Item Principio constitucional del interés superior de los niños, niñas y adolescencia y la tenencia en la legislación ecuatoriana(Universidad Técnica de Ambato, Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Sociales, Carrera de Derecho, 2017-03) Haro Campaña, Christian Andrés; Tipantasig Cando, Jaime TarquinoThis research about: Constitutional Principle Of The Higher Interest Of Children And Adolescents And The Tenure In The Ecuadorian Legislation, is based on the family bonds which are unleashed when one of the parents decides to leave the home and begins the struggle For maintaining the holding of the minor child. Monopaternal tenure has always fixed in our country; when the parents have dissolved all marital nexus, at that moment it is said that tenancy is fixed, so the parent who is in care of the child, is directly responsible for the upbringing, education and development of the minor child. In our country, after analyzing the evaluations of both parents and observing how the behavior of each is and in the necessary cases, the judge will hear the opinion of the child in order to be able to define which parent will give the tenure of the minor child. Tenure will always protect the principle of the best child interest, that is why it is always a matter of reaching agreement between the parents, to avoid any legal and psychological harm which may affect and violate the rights of children and adolescents, so there is no doubt that a better family environment can be provided for minors to live together. According to this need, it is a question of fostering shared tenure so that a better future can be given to minors, since care, upbringing and protection being under the care of both parents and therefore the home responsibilities will be divided and undoubtedly, they will establish a family environment suitable for children and adolescents.Item La reserva al derecho de admisión en los centros de diversión nocturna y el principio constitucional de igualdad(Universidad Técnica de Ambato, Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Sociales , Carrera de Derecho, 2016-05) Chauca Miranda, Patricia Jacqueline; Padilla Tabuada, Darwin RicardoThis research work independently structured "RESERVE THE RIGHT TO ADMISSION IN THE NIGHT FUN CENTERS AND CONSTITUTIONAL PRINCIPLE OF EQUALITY"; it arises from a personal experience that after passing through a deeper purposive critical analysis Survey revealed the complex problem that is occurring in the Ambato city by the misapplication of the reservation of the right to admission. This causes most users who want to access these spaces are subjected to conditions many times degrading based on biased parameters of beauty, aesthetics and presence of the person, clothing or even limiting their freedom of identity, ethnic diversity, cultural, itself completely misrepresenting their personal and without taking into account at least the constitutional principle of equality enshrined in the current Constitution integrity. After the existence of the problem précised main objective it was determined to resolve itself the right of admission to the nightlife centers in the Ambato city violates the constitutional principle of equality. And traced the main objective through doctrinal, legal and right sources compared the issues raised and the current situation that pass users of these places, in addition to the information provided by the survey is analyzed and based on the verification of the hypothesis verify that the right of admission nightlife centers if it violates the constitutional principle of equality. Finally it was concluded that both owners and employees use this right as a discretionary means for discriminating users who consider unsuitable, so it arises as a proposed solution the implementation of the ordinance regulating the control tasks, admission and permanence the general public in the nightlife centers in the Ambato city.Item El acceso a la salud de los grupos de atención prioritaria y el principio constitucional de igualdad real y formal(2016) Garzón Zúñiga, Ana Cristina; Paredes, GabrielaPara la mayoría de las legislaciones, si no es posible mencionar a todas, consideran a la salud como un derecho fundamental al que todos los grupos humanos tienen acceso en igualdad de condiciones y universalidad. Al ser la salud un derecho garantizado por el estado, es este quien debe brindar las prestaciones y facilidades en forma de un sistema de salud público. Los diversos grupos humanos, son los beneficiarios del sistema de salud y a quienes se les debe garantizar el pleno acceso a la misma; los grupos de atención prioritaria, vulnerables o incluso llamados relegados en algunos casos, son una realidad global sujeta a tendencias especiales en el tratamiento de la salud, debido a las peculiaridades que encierran y sobre todo a la premura en la atención. La eficacia de los sistemas de salud, es fundamental para garantizar este derecho, pues es importante trasladar a la realidad las disposiciones vigentes en las leyes y códigos, creando los medios necesarios que permitan llevar una igualdad formal a un nuevo nivel conocido como igualdad real o material, debido a que solo así se logrará un acceso a la salud óptimo, integral y sobre todo, que aporte y construya a una sociedad más justa en la que primen siempre los derechos de los seres humanos. La salud, es un derecho fundamental y como tal, se tiende a garantizarlo mediante normas y leyes que afirmen el libre acceso, gratuidad y sobre todo universalidad en los servicios. En la actualidad, ha quedado demostrado que en la mayoría de servicios públicos, la tipificación de la norma en la que se especifica la forma de prestación así como los aparentes servicios o facilidades, no es suficiente para garantizar el correcto y cabal acceso. A esta afirmación, se suma el caso del acceso a la salud, que como servicio público ha sido cuestionado por décadas y ha arrastrado hasta la actualidad fisuras propias, que de una u otra manera no han permitido el libre desenvolvimiento de la autoridad sanitaria en beneficio de la población. Es por ello que, se hace necesario el estudio a fondo y pormenorizado del actual sistema público de salud, con la finalidad de corregir las inequidades que generan un sistema de igualdad formal, para que a través de la implementación de la igualdad real o material como principio rector, se alcancen objetivos concretos en materia de salud.Item El delito de usura y el principio de celeridad en la Fiscalía de laCiudad de Ambato durante el año 2013(2015) Jiménez Ocaña, Pamela Salomé; Guevara, Dr. Mg. José RubénEl presente tema de investigación se la realiza puesto que dentro de los últimos años el delito de usura en nuestro país ha incrementado y solo hace algunos años atrás se ha empezado a tomar en cuenta, pero lo que no se ha podido solucionar es la celeridad dentro de estas causas por lo que se ha considerado a este tema como un problema dentro de la normativa y la sociedad. Durante toda la vida este delito de alguna u otra manera ha existido; varios años atrás las víctimas de la usura estaban temerosas de realizar cualquier tipo de denuncias puesto que podían ser asesinadas por quienes están ocultando este delito, en la actualidad nada ha sido diferente ya que las victimas siguen con temor de denunciar este delito, la única diferencia del pasado con el presente es que ahora las denuncias son “anónimas” ya que se las realiza por vía telefónica al 1800-DELITO y de esta manera la fiscalía y policía pueden actuar, pero lamentablemente una vez iniciado este proceso no se sabe realmente cuando acabara y lo que es peor aún una vez terminado el proceso no muchas veces el delincuente recibe su sanción sino más bien la víctima es la acusada por deudas al “chulquero” puesto que al firmar documentos en blanco y llenados con valores alterados tiene la oportunidad de cobrar su dinero y hasta más de otra manera fraudulenta, dejando así sin defensa a las víctimas. Otra razón fundamental es que no existe una fiscalía encargada de estos delitos por lo que existen retardos ya que en la actualidad la Fiscalía encargada de conocer estos delitos es la Fiscalía de Adolescentes Infractores, y como es obvio la prioridad de la fiscalía es conocer sobre los delitos de adolescencia y los de usura quedarían rezagados o hasta que se culmine con las investigaciones anteriores. Son todas estas razones por las que se ha considerado a este tema como un problema de investigación y además porque en algún momento familiares cercanos han pasado por este duro tormento y temerosos momentos, además se considera que este tema es importante investigar ya que la celeridad dentro de los xvi procesos son trascendentales para que el buen desarrollo se dé eficazmente y culmine sin inconveniente alguno para la víctima; en los procesos por usura la celeridad no ha sido lo que ha primado ya que muchas de las víctimas con las que se ha conversado han manifestado que una vez puesta la denuncia hay que esperar por más de un año para que el proceso termine con éxito y sin afecciones para la persona afectada. La sociedad consideraría a esta investigación como una ayuda, puesto que estarían seguros de que la celeridad procesal se cumple a cabalidad y que no existirían más retardos injustificados dentro de estas causas. Finalmente a este tema jurídico-social se le propone una solución para que no siga existiendo más retrasos en los procesos y las víctimas tengan entera confianza en la justicia ecuatoriana y este delito no siga incrementándose y en el futuro no caigan más adeptos y busquen dinero de forma legal y así mantendrá a salvo sus bienes y estarán seguro dentro sus hogares.Item El reconocimiento de un sistema paralelo de justicia indígena vulnera el principio constitucional de igualdad ante la ley en la fiscalía de asuntos indígenas de Tungurahua en el año 2009(2011) Bedoya Reyes, Carlos AlbertoEl reconocimiento de un sistema paralelo de justicia indígena, tiene muchos cuestionamientos, en torno al modo de juzgamiento, así como también sobre su aplicación. El juzgamiento indígena ha sido un problema para nuestro país; debido a que desde la Constitución de 1998, se reconoció a los indígenas por primera vez sus creencias y tradiciones, que a partir de esa fecha han sido mal interpretadas, creándose la famosa “justicia indígena”, basada en sanciones que comprenden castigos inhumanos que se van en contra de la Declaración de los Derechos Humanos y de los diversos Tratados Internacionales que se han firmado a través de la historia, creándose así el sector indígena su propia justicia e irrespetando el principio constitucional fundamental de igualdad ante la ley, consagrado en la actual y en las anteriores Constituciones de la República, rechazando a su vez la opción de ser juzgados por la vía ordinaria por cualquier delito cometido, porque ésta tiene sanciones que recaen en prisiones y reclusiones que duran años, en los cuales el condenado debe cumplir su pena en una cárcel y reflexionar sobre el daño causado a la sociedad. La igualdad constituye un principio elemental y primordial dentro de una legislación, debido a que si no hubiera igualdad social caeríamos en la discriminación del elemento humano; y no se gozaría de una efectiva democracia. La justicia ordinaria es la empleada en todas las normativas del mundo, dando resultados no perfectos pero ajustables a la sociedad, porque ningún sistema de justicia en el mundo es perfecto, siempre debe estar sujeto a cambios que a medida que pasa el tiempo se van acoplando a las sociedades. Con el afán de respetar los derechos y garantías constitucionales, se debe dar cumplimiento a lo que dispone la Constitución de la República y las normas internacionales, en cuanto al modo de juzgamiento a un ser humano; y, aclarar los derechos, obligaciones y limitaciones que tienen las nacionalidades indígenas. En el presente trabajo se utilizó como modalidad de investigación: la dogmática-documental, jurídica-sociológica, y el tipo jurídico-descriptivo; jurídico-comparativo. Como dispositivos están la Constitución actual de la República del Ecuador y los Tratados Internacionales.