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Título : La aprobación de la adopción homoparental en el estado ecuatoriano referente a la opinión consultiva
Autor : Pazmiño Vargas, Kléver Alonso
Caicedo Paredes, Ana María
Palabras clave : ADOPCIÓN HOMOPARENTAL
LGTBI
Fecha de publicación : sep-2021
Editorial : Universidad Técnica de Ambato. Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Sociales, Carrera de Derecho
Resumen : The current Constitution of the sovereign state of Ecuador, published in 2008, includes a wide plethora of human rights and guarantees. This document recognizes the direct and immediate application of some international legal instruments, such as the Advisory Opinion OC-24/17. That instrument has been recognized as a binding pronouncement for guarantee equality and non-discrimination to the LGBTI (lesbian, gay, bisexual, and transgender) community, according to sentence 11-18-CN/19 issued by the Constitutional Court of Ecuador. However, the Ecuador Constitution in its article 68 subsection 2 determines that adoption is a premier legal institution for heterosexual couples. This research thesis aims to assess the responsibility of the Ecuadorian State in the approval of the same-sex couples’ adoption, based on the Advisory Opinion OC-24/17. This thesis applied qualitative focus methodology to collect primary and secondary sources, combined with interviews focused on experts. This analysis concludes that the Ecuadorian Government must approve the same-sex couples adoption, based on recognizing the OC-24/17 binding force, which calls for the legalization of legal institutions, such as adoption to facilitate the exercise of the fundamental human right to form and establish a family.
Descripción : El Estado ecuatoriano promulgó en el año 2008 una Constitución reconocida por su extenso catálogo de derechos y garantías, motivo por el cual reconoce la aplicación directa e inmediata de instrumentos internacionales como la Opinión Consultiva 24/17, misma que ha sido reconocida como fuente vinculante para garantizar el principio de igualdad y no discriminación al grupo LGTBI conforme lo determina la sentencia 11-18-CN/19 emitida por la Corte Constitucional, sin embargo, la mencionada Norma Suprema en su artículo 68 inciso 2 determina que la adopción es una institución jurídica exclusiva para las parejas heterosexuales, dejando atrás el derecho humano a conformar una familia para la población LGTBI. Razón por la que, esta investigación tiene como objetivo determinar la obligatoriedad del Estado ecuatoriano en la aprobación de la adopción homoparental en base a la Opinión Consultiva 24/17, para al alcanzar el referido objetivo de la investigación, se partió desde una metodología con enfoque cualitativa a fin de recolectar información obtenida de fuentes primarias y secundarias; y, mediante entrevistas dirigidas a expertos de la temática Permitiendo concluir que el Estado ecuatoriano obligatoriamente debe aprobar la adopción homoparental por reconocer la fuerza vinculante de la Opinión Consultiva 24/17, la misma que exhorta en legalizar instituciones jurídicas como la adopción para el ejercicio del derecho humano a conformar y establecer una familia.
URI : https://repositorio.uta.edu.ec/jspui/handle/123456789/33336
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